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jueves, 13 de noviembre de 2014

21 de Septiembre


Áreas Protegidas de Panamá 




En la Ley General del Ambiente se define área protegida como: "Área geográfica terrestre, costera, marina o lacustre, declarada legalmente, para satisfacer objetivos de conservación, recreación, educación o investigación de los recursos naturales y culturales".
Esta definición encaja con la adoptada por la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN) desde 1994, y la cual engloba al "universo" de las áreas protegidas: "Una superficie de tierra y/o mar especialmente consagrada a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, así como de los recursos naturales y los recursos culturales asociados.

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